El asalto a la embajada de México en Quito no tiene precedentes | Opinión
El asalto a la embajada mexicana en Ecuador no tiene precedentes en la historia. La degradación institucional que supone este hecho puede inferirse a partir de unos pocos ejemplos.
En 1956, Quaranta, entonces jefe de inteligencia de la dictadura de Aramburu, la revolución fusiladora, llevó adelante el asalto a la embajada de Haití en Buenos Aires. Secuestraron a los que se habían salvado de ser fusilados en los alzamientos de la resistencia. Pero Aramburu los devolvió al día siguiente a la misma embajada. Cuando Quaranta entró en la embajada de Haití, no estaba el embajador, que era un poeta, estaba su mujer, a quien le dijo que era una negra de mierda. Fue un suceso de extrema gravedad, a tal punto que Aramburu, quien no se destacaba por su respeto a las normas constitucionales, aun así resolvió devolver a la embajada a quienes habían sido secuestrados de allí por la fuerza, de manera ilegal, el día anterior. Hasta a Aramburu le pareció “mucho”.
Hasta Pinochet respetó el derecho de asilo. En 1974 estuvimos con Gioseppe Bettiol en un congreso de derecho penal en Santiago. Fuimos a la embajada italiana. Estaba lleno de carpas y tiendas en el jardín. El embajador italiano tenia el rostro desencajado y estaba desesperado porque le tenia que dar de comer a toda esa gente. Las peores dictaduras de América Latina han respetado el derecho de asilo diplomático. Ni a Pinochet se le ocurrió en ningún momento entrar en la embajada de Italia. Cámpora estuvo refugiado en la embajada mexicana en Argentina. Pero a nadie se le ocurrió asaltar la embajada de México en nuestro país. Es una línea.
Víctor Raul Haya de la Torre, abogado fundador del APRA, se refugió cuatro años en la embajada colombiana en Perú. Rodearon la embajada, los edificios aledaños. Pero nunca asaltaron la embajada de Colombia en Lima. Se habían devaluado incluso los inmuebles alrededor de la embajada. El caso Haya de la Torre (de Colombia contra Perú) fue un caso de asilo llevado a la Corte Internacional de Justicia, que resolvió en 1951 que Colombia no estaba obligada a entregar a Haya de la Torre al gobierno peruano.
La tradición del asilo diplomático es un pilar del derecho internacional público. Las embajadas son suelo extranjero. No se pueden invadir con ninguna excusa. Harald Edelstam, embajador sueco en la Alemania nazi, luego enviado al Chile de Pinochet, conocido como Clavel Negro, salvó cientos vidas tanto en Alemania como en la dictadura pinochetista, preservando en las reducidas dimensiones de las embajadas. Se entrega un premio en su nombre, que recibió en 2016 en Estocolmo el a su vez hijo de diplomáticos Juan Guzmán Tapia, el juez que intentó procesar a Pinochet.
El tribunal ecuatoriano que acaba de avalar con argumentos no jurídicos la invasión policial a la embajada mexicana, donde golpearon al embajador y secuestraron al ex vicepresidente Jorge Glas está integrado, como el tribunal constitucional peruano que guarda un ominoso silencio sobre una vacancia inconstitucional, por sectores que hacen abiertamente política a través de sus sentencias. En un caso, designados por Lenin Moreno, acusado él mismo de corrupción, pero libre. En el segundo caso, por miembros afines al fujimorismo, enemistados con el “profe” Castillo, primer presidente rural de la historia del hermano país.
Nuestros poderes judiciales no están actuando con ninguna imparcialidad. Avalar el asalto a las embajadas extranjeras es atacar lo poco que queda en pie de un derecho internacional que hoy está en ruinas en todo el mundo. América Latina no debería formar parte de este deterioro general. La decisión de invadir la embajada de México por parte del gobierno de Ecuador es un hecho gravísimo y sin precedentes en la historia. La posición del gobierno mexicano no es “exagerada” ni “intransigente” (ni se resuelve con dos tequilas, como dijo absurdamente el joven presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, de una acaudalada familia de empresarios, el más joven después del primer presidente de Ecuador, luego de la disolución de la Gran Colombia) es la única consistente con el derecho internacional.
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