Pagar deudas, vacaciones y Navidad, los destinos que los sanjuaninos le darán al aguinaldo
Diciembre es sinónimo de aguinaldo para los trabajadores que se encuentran en relación de dependencia. Muchos de ellos analizan qué destino le darán al “puchito” extra de dinero antes de recibirlo, y Tiempo de San Juan consultó donde estará enfocado el gasto en esta oportunidad. Con Navidad a la vuelta de la esquina parecería ser la opción obvia, pero hay otras que ganan mayor protagonismo.
En una encuesta realizada entre los lectores, la mayor cantidad de votos se registró entre aquellos sanjuaninos que aseguraron que con el aguinaldo se van a poner al día con deudas o el pago de servicios, quedando en primer lugar con el 22,2%. Con los últimos aumentos, más el gasto mayor que se registra al menos en energía eléctrica con el uso de aparatos para refrigerarse, no es una mala opción liberarse de las deudas antes de terminar el año.
En segundo lugar, con el 20,7% se ubicó la cena de fin de año. No solo Navidad representa ese momento de reunión familiar donde se busca tener una mesa variada y completa, sino también la noche de Año Nuevo. La demanda en gastronomía es más que importante y destinar el aguinaldo a ello puede ser una buena opción.
Las vacaciones se ubicaron en tercer lugar. El 15,5% de los lectores que participaron en la encuesta aseguraron que en esta oportunidad destinarán el aguinaldo a cubrir parte del costo de las vacaciones, para poder tomarse unos días de descanso en verano.
Un dato llamativo es la cantidad de sanjuaninos que verán pasar su aguinaldo de largo, ya que lo gastaron con anticipación en la compra de algunos bienes o pagando ciertos servicios con crédito o sacando un préstamo, por lo que el extra que se sumará al sueldo del último mes ya tiene su destino asegurado.
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¿Cuándo se cobra el aguinaldo?
El Sueldo Anual Complementario, también conocido popularmente como aguinaldo, corresponde al 50% de la mayor remuneración recibida dentro de cada semestre y se abona en dos cuotas, una durante junio y la segunda en diciembre.
Si bien la Ley de Contratos de Trabajo establece que el pago de la segunda cuota debe hacerse sobre el 18 de diciembre de cada año, las empresas tienen cuatro días de gracia para efectuar el pago.
Además, hay lugares donde se llega a un acuerdo entre empleador y trabajadores para el pago fuera de la fecha mencionada, según el contexto laboral y las posibilidades de poder pagarlo.
Un detalle no menor es que el medio aguinaldo de diciembre puede diferirse del pago, pero debe abonarse si o si, por lo que, si el empleado no percibe el aguinaldo, puede realizar la denuncia en el gremio que lo representa o en su defecto en la Subsecretaría de Trabajo.
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